DICTAN CÁRCEL PARA JUEZ QUE AUTORIZÓ SALIDAS A VIOLADOR

 DICTAN CÁRCEL PARA JUEZ QUE AUTORIZÓ SALIDAS A VIOLADOR

El juzgador, en su defensa, dijo que la hija del reo necesitaba de su ayuda económica

El Tribunal de Sentencia Nº 2 de la Capital condenó a cinco años de prisión al juez Marco A.G.V., que había autorizado salidas diarias a trabajar a un acusado y sentenciado a 15 años de cárcel por el delito de violación y que purgaba su pena en la carceleta de Camargo. El juez fue denunciado cuando ejercía como autoridad jurisdiccional en Camargo y fue condenado por prevaricato. Según la denuncia interpuesta por la Representación Distrital del Consejo de la Magistratura, el juez Marco A.G.V. concedió salidas diarias al acusado Vicente P.L. del 10 al 31 de marzo de 2021, de 6:30 a 19:00, mediante la otorgación del extramuro, y después volvió a emitir otra autorización para que salga del 5 al 28 de abril del mismo año. “Dictó una resolución manifiestamente contraria a la Ley, subsumiendo su conducta a los delitos de incumplimiento de deberes y prevaricato”, señala la acusación de la Representación del Consejo.

En su defensa, Marco A.G.V. dijo que asumió estas resoluciones en un acto de humanidad, “respondiendo y aplicando el bloque de constitucionalidad, respecto a la necesidad del acusado de proveerse de recursos económicos para sustentarse él y su familia”. En 2018, el acusado fue condenado a cumplir su pena en la cárcel San Roque. Luego, pidió su traslado a la carceleta de Camargo, lo cual fue autorizado por la jueza Vidalia Morales. Marco A.G.V. justificó su decisión indicando que lo hizo por “pena”, ante la solicitud de la concubina de Vicente P.L., que tenía una hija de cuatro años necesitada de la ayuda económica del recluso. Negó haber recibido algún beneficio de Vicente P.L., ya que este ganaba un jornal de Bs 20 al día, y argumentó que él fue parte del tribunal de sentencia que lo condenó a 15 años de prisión, pero, después, la situación de la niña le movió a darle una autorización de salidas a trabajar. En criterio del tribunal, conformado por los jueces Fabiola Claros, Esteban Monzón y Héctor Andia, se ha demostrado suficientemente que el acusado, en su calidad de Juez de Ejecución Penal de Camargo, emitió resoluciones manifiestamente contrarias a la Ley de Ejecución Penal, por lo que su conducta se subsume al delito de prevaricato. Empero, el tribunal lo absolvió del delito de incumplimiento de deberes. La sentencia, que es de primera instancia, fue apelada por el juez Marco A.G.V. y ahora serán los vocales quienes definan si confirman o revocan la condena. Fuente: CORREO DEL SUR.

Wayna Noticias Potosi

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